Legislación en Grecia sobre donación de óvulos y semen

Por (embrióloga).
Actualizado el 28/10/2015

La ley griega que regula los tratamientos de reproducción humana asistida es la ley 3305/2005, aprobada el 27 de enero de 2005. Se trata de una de las leyes reproductivas más avanzadas de Europa.

Su objetivo principal es proteger y asegurar los derechos de las personas y parejas que desean tener un hijo, cubriendo los problemas médicos y biológicos y respetando los principios bioéticos. Siempre teniendo como premisa básica la protección del interés superior del menor.

Entre los tratamientos de fertilidad incluidos en la regulación helena, encontramos la donación de óvulos y semen.

A continuación tienes un índice con los 3 puntos que vamos a tratar en este artículo.

Regulación sobre reproducción asistida

La ley sobre Técnicas de Reproducción Humana Asistida permite la aplicación de los tratamientos reproductivos médicamente asistidos a mujeres de hasta 50 años. Este límite se marca teniendo en cuenta la edad media a la que una mujer pierde o ve reducida su capacidad reproductiva natural.

El diagnóstico genético preimplantacional (DGP) queda aprobado como método diagnóstico de detección de malformaciones genéticas en los embriones. Por su parte, la selección de sexo queda prohibida excepto si se realiza para evitar la transmisión de enfermedades hereditarias ligadas al sexo.

Otro aspecto destacable de la ley 3305/2005 sobre la reproducción médicamente asistida es la exigencia de un acta notarial en casos de mujeres solteras y parejas no casadas que desean tener un hijo gracias a la reproducción asistida.

Otra anotación que hace la legislación helena sobre reproducción asistida en relación a la transferencia de los embriones. El número de embriones máximo permitido varía en función de la edad de la receptora:

  • Mujeres con menos de 35 años que usan sus propios óvulos: uno o dos embriones.
  • Mujeres de entre 36 y 39 años usando sus propios óvulos: uno o dos embriones en caso de ser el primer o el segundo ciclo de tratamiento. En los siguiente ciclos, se permite la transferencia de hasta 3 embriones.
  • Mujeres de 40 años con óvulos propios: hasta 3 embriones se pueden transferir.
  • Mujeres de más de 40 años usando sus propios óvulos: se permiten transferir hasta 4 embriones.
  • En todas las mujeres que reciben óvulos de donante, solo se permite la transferencia de hasta 2 embriones.

Por último, indicar que la gestación subrogada en Grecia es legal y la clonación queda totalmente prohibida por ley.

Requisitos del donante de gametos

En cuanto a la donación de óvulos y semen, la ley la contempla como una técnica permitida, aunque exige el consentimiento escrito de la pareja del o la donante, en caso de haberlo.

Además, al igual que se establece el límite de edad en la receptora (50 años), existe un límite de edad para ser donante. Éste es de 35 años en la mujer y 40 años en el donante de semen.

En cuanto a otras exigencias de la donación, podemos destacar:

  • Deben someterse a pruebas clínicas y test de laboratorio que confirmen que no sufren enfermedades genéticas, hereditarias o contagiosas.
  • El uso de semen de donante en fresco queda totalmente prohibido. Todas las muestras de semen deben ser congeladas durante al menos 6 meses.
  • La donación debe ser completamente anónima, es decir, ni los donantes conocerán a los receptores ni viceversa. Se permitirá conocer información médica del donante únicamente al niño nacido y cuando suponga una necesidad por problemas de salud.
  • No se permite el nacimiento de más de 10 niños de un mismo donante.
  • La donación no implica obligaciones ni derechos de paternidad sobre el nacido.
  • Se permite la donación de embriones y también la doble donación de gametos.
  • El uso de semen de más de un donante en un mismo ciclo queda totalmente prohibido.
  • La donación debe ser altruista. Cualquier actividad comercial (compra-venta) relacionada con el suministro de óvulos o semen queda prohibida.

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Autor

 Andrea Rodrigo
Andrea Rodrigo
Embrióloga
Licenciada en Biotecnología por la Universidad Politécnica de Valencia (UPV). Tiene un Máster en Biotecnología de la Reproducción Humana Asistida por la Universidad de Valencia en colaboración con el Instituto Valenciano de Infertilidad (IVI). También cuenta con un Postgrado de Experto en Genética Médica. Más sobre Andrea Rodrigo

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