Por
Rebeca Reus (embrióloga).
Última actualización: 20/06/2017
No, la legislación española no permite que la mujer o pareja escoja a la donante de óvulos ni sus características físicas. Será el personal del centro el que asigne una donante en base a similitudes físicas e inmunológicas con la receptora de óvulos.
Graduada en Biología Humana (Biomedicina) por la Universitat Pompeu Fabra (UPF), con Máster Oficial en Laboratorio de Análisis Clínicos por la UPF y Máster sobre la Base Teórica y Procedimientos de Laboratorio de Reproducción Asistida por la Universidad de Valencia (UV).
Embrióloga. Graduada en Biología Humana (Biomedicina) por la Universitat Pompeu Fabra (UPF), con Máster Oficial en Laboratorio de Análisis Clínicos por la UPF y Máster sobre la Base Teórica y Procedimientos de Laboratorio de Reproducción Asistida por la Universidad de Valencia (UV).