La ley española de reproducción asistida establece el límite de donaciones en 6 hijos nacidos por cada donante en territorio nacional.
Literalmente, esta normativa indica lo siguiente:
El número máximo autorizado de hijos nacidos en España que hubieran sido generados con gametos de una misma donante no deberá ser superior a seis.
Por tanto, no existe un límite legal que haga referencia al número de donaciones, sino que se deben tener en cuenta en número de nacimientos por donante. Puede ocurrir que una donante se someta a varios ciclos de donación sin tener nacimientos o que de una única ovodonación se consigan cuatro recién nacidos.
En este enlace puedes encontrar la legislación sobre la donación de óvulos.
Puedes leer el artículo completo en: Donación de óvulos: requisitos, proceso y compensación económica ( 85).
Puedes leer el artículo completo en: ¿Cuáles son los pasos para donar óvulos y qué recomendaciones seguir? ( 78).

Rebeca Reus
Graduada en Biología Humana (Biomedicina) por la Universitat Pompeu Fabra (UPF), con Máster Oficial en Laboratorio de Análisis Clínicos por la UPF y Máster sobre la Base Teórica y Procedimientos de Laboratorio de Reproducción Asistida por la Universidad de Valencia (UV).